Rebaja de condena a agresor de Nabila Riffo

Amigas y amigos: La Justicia en Chile simplemente no lo entiendo, es coja, sorda, muda e incompresible en todo sentido, e incluso cuestionable de forma brutal frente a situaciones que no me parecen correctas, y eso es bastante grave que atenta en contra la dignidad de todos los ciudadanos, en especial a lo que son víctimas de delitos de todo tipo, eso es imperdonable, quedando de demostrado el día Martes con el caso de Nabila Riffo, en donde la defensa de su agresor, Mauricio Ortega, apeló a la sentencia del Ministerio Público de Coyhaique de 26 años de prisión por los delitos de agresiones física y femicidio frustrado, pidiendo la nulidad completa de la sentencia del tribunal y un nuevo juicio.

Pero la Corte Suprema, rechazó la petición de la defensa, pero confirmó la rebaja a la condena de Mauricio Ortega, autor del ataque a Nabila Rifo, aceptando de esta manera, de forma parcial el recurso presentado por la defensa.

Tal como lo adelantó el juez Lamberto Cisternas, quien señaló que la condena que se le dio por femicidio frustrado a Mauricio Ortega no pudo ser comprobada y que a cambio se le condena por lesiones graves. Es por esto que la sentencia se rebaja de 12 años a 4 años por este delito.

Según explicó el magistrado, en la resolución contenida en un documento de 40 páginas se establece que no se llegó al convencimiento que se había señalado en la audiencia en Coyhaique. "No quedó demostrado cabalmente en el proceso, el dolo de matar", dijo el juez que agregó que si bien se acreditaron los golpes y mutilación de los ojos, no queda demostrado el dolo.

Así, explicó que "examinando la secuencia de los hechos, llegamos a la conclusión de que no quedó cabalmente demostrada la intención de matar, por las circunstancias en que ocurrieron los hechos".

La Sala Penal de la Corte Suprema - integrada por los ministros Milton Juica, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito, Lamberto Cisternas y Jorge Dahm - recalificó dicho delito a uno de lesiones graves en contexto de violencia intrafamiliar por cuatro votos contra uno. El ministro Juica fue el único no partidario en este punto.

La sentencia que es inapelable, también desestimó la solicitud de la defensa de Ortega de anular el juicio por presuntos vicios constitucionales. Dicho de otro modo, no habrá uno nuevo. Esto implica que los casi 25 años de cárcel que debía purgar se redujeron a 18 años. Esto es 12 años y 180 días por el delito de lesiones graves gravísimas, cuatro años por el delito de lesiones graves (pena recalificada y que reemplazó al femicidio frustrado) y 541 días por el delito de violación de morada.

Con esto demuestra que hay que matar a alguien para que lo condenen, incluso en cadena perpetua efectiva sin beneficios carcelarios, es un abuso brutal y una burla para la víctima, lo que no garantiza la protección que necesita, es una humillación brutal. Gracias.


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