Especiales en el blog: Nueva Ley de Medios en Chile restringe la libertad de expresión.

Amigas y amigos: Hago este especial de forma extraordinaria porque en las redes sociales y por internet circula un proyecto de ley que está en trámite en el Congreso Nacional y fue elaborada por un grupo de diputados que, más que elaborar leyes y normativos legales, elaboran estupideces, que según ellos para contribuir a la calidad de vida de todos los ciudadanos, sino para fortalecer sus propios intereses políticos e ideológicos, riéndose en la misma cara de los ciudadanos, e cuando los ciudadanos hacen burlas y chistes hacia los propios parlamentarios dan el grito en el cielo y amenazan con presentar proyectos de ley a la medidad de los parlamentarios y jactan sus argumentos culpando a grupos opositores con la desinformación para después hacer leyes a la medida de ellos, restringiendo la libertad de expresión y prensa, y Chile de a poco vamos por el camino tomando por Venezuela y otros países para "regular" la libertad de expresión y prensa de forma digital y papel.

Ante esto, quiero dejar un texto escrito por la abogada Rayén Campusano, quien escribó los fundamentos de esta nueva Ley de Medios en Chile a través de la página https://www.derechosdigitales.org/8250/chile-ley-de-medios-digitales-es-un-atentado-libertad-de-expresion/, en donde todos los que poseemos sitios web, blog y redes sociales tendremos que pagar por ella, inscribir en la lista de depósito legal en la Biblioteca Nacional, el domicilio personal, iniciación de actividad y un montón de trámites engorrosos que nosotros que estamos ligados en el ciberespacio debemos hacer si se llega ha aprobar esta ley.

El proyecto de ley de medios digitales que se discute en la Cámara, hará que todos quienes posean un sitio web o red social con cuatro publicaciones semanales, sean consideradas responsables de un medio de comunicación social. Acá te contamos cómo te afecta si eres un usuario o usuaria de Internet en Chile.

El proyecto de ley de medios digitales impone cargas extremadamente onerosas, desproporcionadas e injustificadas a los usuarios y usuarias de Internet.

En Chile, hay una creciente tendencia en parlamentarios de presentar proyectos de ley que castigan más duramente acciones realizadas por Internet. Un ejemplo claro de ello es la denominada ley de medios de comunicación digital (proyectos de ley 9460-19 y 9461-19 que modifican la Ley 19.733), que ya informamos en su oportunidad, y que ha encontrado un terreno fértil en la Cámara de Diputados donde ha avanzado de manera firme, a pesar de sus múltiples y evidentes problemas.

Si usas Internet, te invitamos a estar atento a los siguientes aspectos de la ley que, de aprobarse, afectarán para siempre tu libertad de expresión en Internet.

Eres responsable de un medio de comunicación.

Si estos proyectos son aprobados, se entenderá por diario todo periódico impreso o en papel o publicado vía digital o electrónica que se publique a lo menos cuatro días en cada semana y cumpla con los demás requisitos establecidos en la ley.

El corte de “cuatro publicaciones semanales” para ser considerado un periódico, haría extensiva la aplicación de la ley a una publicación en Facebook, un blog de uso personal, un tuiteo o una página web con “memes”, con tal que se haga cuatro veces a la semana.

Lo que deberás hacer si tienes una web o un perfil en alguna red social.

Hoy en día existen múltiples opciones para utilizar Internet como medio de expresión. Son masivas y populares las alternativas gratuitas o a bajo costo para tener un blog y escribir noticias o analizarlas con periodicidad, y es masiva la participación en redes sociales como Facebook o Twitter. Sin embargo, de aprobarse esta ley, ahora necesitarás:

– Tener domicilio en Chile.
– Informar la iniciación de actividades a la Gobernación Provincial o Regional.
– Acreditar la inscripción en el Registro de Dominio.cl NIC Chile e informar la frecuencia de actualizaciones.
– Indicar el nombre y domicilio del propietario o concesionario, o representante legal en la página en un lugar destacado.
– Hacer un depósito legal mixto en la Biblioteca Nacional.

De su sola lectura, es posible concluir que son cargas extremadamente onerosas, desproporcionadas e injustificadas, que conllevan el riesgo de sobrerregular la publicación de contenidos en línea, creando un escenario de incertidumbre legal tanto para el público (¿Será ilegal mi blog? ¿Por qué habría que registrar un punto cl en NIC Chile? ¿qué es lo que tengo que depositar en la Biblioteca Nacional?) como para diversas clases de emprendimientos en Internet, lo que resulta contraproducente para el desarrollo económico y cultural del país.

Por lo demás, los proyectos carecen completamente de sentido práctico, porque las cargas que pretenden imponer a diversas formas de expresión en Internet son  imposibles de fiscalizar o implementar (¿cuándo un blog es “chileno”?), creando un escenario donde la persecución del cumplimiento de esta ley obedecerá a criterios arbitrarios que pueden ser utilizados para acallar discursos críticos, molestos o polémicos.

Por otro lado, la obligación de efectuar el depósito legal pertinente en la Biblioteca Nacional, considerando la extensión de la norma a cualquier publicación periódica en Internet, no sólo es absurdo y único a nivel mundial, sino que resultaría en una carga de trabajo adicional imposible de enfrentar para esta institución, distrayéndola de sus labores habituales.

No serás anónimo

Pareciera ser que el fin último de proyectos como este es imposibilitar el anonimato en la red, uno de los requisitos fundamentales para la existencia de la libertad de expresión.

Todas estas absurdas cargas legales buscan, entre otras cosas, impedir el anonimato en la red, un asunto de gran conveniencia para autoridades públicas cuando Internet se ha transformado en una plataforma de crítica, sátira e información de los usuarios hacia el resto de la población respecto a su labor.

La excusa para terminar con el anonimato es la intención de identificar y sancionar a quien ha emitido opiniones poco educadas, chocantes o incluso ofensivas. Sin embargo, sanciones de responsabilidad civil y penal en caso de injurias y calumnias ya están establecidas en nuestra legislación siguiendo las reglas generales.

El ejercicio de la libertad de expresión por cierto que admite restricciones, en especial cuando colisiona con otros derechos fundamentales igualmente importantes (ej. vida privada), pero son los tribunales de justicia y no una regulación irreflexiva y absurda, quienes deben resolver el conflicto, a través de un debido procedimiento y de acuerdo a la ley.

Prepárate para pagar.

Los proyectos de ley establecen, además, que si el medio digital no se adecúa a las formalidades de funcionamiento de los medios de comunicación social antes señaladas, podrá ser sancionado con multa de dos a 30 UTM, siendo el director y el propietario responsable solidariamente.

Al momento de establecer una restricción de tamaña envergadura, es imprescindible que el legislador evalúe el impacto (o costo) no sólo desde el punto de vista de los particulares directamente afectados con la medida, sino desde la perspectiva de su impacto en el funcionamiento de la red.

Es hora de defender Internet en Chile

Que la información circule libremente en Internet ha permitido su gran expansión y que el contenido llegue a una gran cantidad de personas de forma rápida y a un muy bajo costo, permitiendo la libre difusión de las ideas para el desarrollo del debate público democrático.

Estos proyectos de ley carecen de antecedentes de hecho suficientes, de una racionalidad y objetivos claros; hacen aplicable una Ley que nunca consideró a Internet como una realidad; afectan a millones de formas de expresión en Internet en Chile; sobrerregulan el mercado de medios digitales; son muy difícil de aplicar en la práctica; y perturban arbitrariamente el derecho fundamental de libertad de expresión.

Hacemos un llamado para que las y los chilenos exijan a sus diputados introducir mejoras radicales a esta iniciativa, que garanticen la no afectación al derecho de la libertad de expresión en la red.

Con este argumento expuesto, esta nueva ley trasgrede elementos fundamentales para el ejercicio de la libertad de expresión o  "ciberderechos", entendiendo por estos, los derechos exclusivos del ciberespacio (y específicamente Internet), mismos que se constriñen 

- El derecho a la libre expresión.
- El derecho a la privacidad en línea (privacy online).
- El derecho al acceso al ciberespacio (acceso al internet) independientemente de los niveles de ingreso, la ubicación geográfica o las discapacidades de los usuarios.
- El derecho a asociarse en comunidades en línea (conocidas también como comunidades virtuales).

Por su parte, la Organización Computer Professionals for Social Responsibility, postula los siguientes principios de la red.

- La Red nos conecta a todos.
- La Red ha de ser abierta y al alcance de todos.
- Los usuarios de la red tienen el derecho a comunicarse.
- Los usuarios de la Red tienen derecho a la privacidad.
- Las personas somos los administradores de la Red y no sus propietarios.
- La administración de la red debe ser abierta e inclusiva.
- La Red debe reflejar la diversidad humana, y no homogenizarla.

De esta forma la ley viene para aplicar la censura de los contenidos que publican y además trámites para establecer un sitios e incluso, pagar por las publicaciones, algo que restringe nuestras libertades individuales.

Para su conocimiento, aunque ya dieron a concoer, la lista de parlamentarios que elaboraron en su conjunto este proyecto de ley de medios digitales. 

- Diputado Juan Luis Castro González (Partido Socialista)
- Diputado Juan Antonio Coloma Álamos (Unión Demócrata Independiente)
- Diputado Aldo Cornejo González (Democracia Cristiana)
- Diputado Ramón Farías Ponce (Partido por la Democracia)
- Diputada María José Hoffmann Opazo (Unión Demócrata Independiente)
- Diputado José Antonio Kast Rist (Unión Demócrata Independiente)
- Diputado Alberto Robles Pantoja (Partidos Radical Scocial Demócrata)
- Diputado David Sandoval Plaza (Unión Demócrara Independiente)
- Diputado Víctor Torres Jeldes (Democracia Cristiana)
- Diputado Osvaldo Urrutia Soto (Unión Demócrata Independiente)

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